La atención a personas mayores o minusválidas dependientes para la realización de las actividades de la vida diaria, supone un desgaste físico y psicológico de la persona sobre la que recae la tarea del cuidado. Desde la administración es preciso responder y prevenir situaciones de deterioro de los cuidadores y,/o maltrato a los dependientes por sobrecarga de los mismos.
En este sentido la ORDEN de 7 de Noviembre, del Departamento de Servicios Sociales y Familia que regula el acceso a los servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia, recoge el Servicio de Respiro para titulares de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar motivado por un periodo de enfermedad, descanso o formación del cuidador/a hasta un máximo de 45 días o por un plazo mayor debidamente justificado.
El programa está centrado en dos líneas:
- Apoyo económico en:
- La financiación en centros residenciales o centros de día.
- El alquiler de ayudas técnicas como camas articuladas, grúas y sillas, principalmente.
- Trabajo terapéutico, a través del programa CuidArte, con aquellos casos que sean necesario con cuidadores en la línea de prevenir el síndrome del cuidador.
Beneficiarios:
Para el apoyo y orientación terapéutica:
- Ser cuidador principal de persona dependiente.
Para las ayudas económicas:
- Ser mayor de 70 años o tener una minusvalía de más del 65%, estar incapacitado judicialmente y/o tener resolución de Dependencia de grados III y II.
- La renta de la unidad de convivencia no supere lo establecido según el baremo
- Estar empadronado en algunos de los municipios de la Comarca de Bajo Aragón Caspe/Baix Aragó Casp.
TIEMPO DE PERMANENCIA:
El tiempo de permanencia en el Centro de Día o Residencial o el periodo de vigencia de la ayuda económica oscilará entre una semana y 3 meses en el año, en períodos continuados o acumulables, desglosados de la siguiente manera:
- Atención temporal en Centro de Día.
Tiempo máximo disponible: 420 horas al año por usuario (140 h/mes). Máximo tres meses.
La atención podrá ser continua o discontinua en el tiempo.
- Atención Temporal-Respiro- en Centro de Internamiento.
Tiempo máximo por usuario de permanencia en el centro.....45 días/año.
El período que se solicita deberá expresarlo el solicitante en la solicitud. Excepcionalmente, previa justificación de la necesidad, podrá ampliarse dicha estancia temporal.
MÁS INFORMACIÓN Y SOLICITUD:
En los servicios sociales comarcales, a través de las trabajadoras sociales en atención en los diferentes municipios en los horarios establecidos:
Caspe: En sede comarcal, Lunes, martes, miércoles y jueves. De 9 a 13 h.
Fabara: en el ayuntamiento, Lunes de 8:00 h. a 11:45 h. y jueves de 12:00 h. a 15:30 h. Tlf. 976635369
Maella: en el ayuntamiento, lunes de 12:00 h. a 15:30 h. y jueves de 8:15 h. a 11:45 h. Tlf. 976 63 8011
Chiprana: en el Ayuntamiento / 976 63 72 28, martes de 11:30 a 13:30 h.
Fayón: en el ayuntamiento / 976 63 59 59, lunes de 11:30 a 14 h.
Nonaspe: en el antiguo consultorio / 976 63 60 01, martes de 11:15 h. a 15:30 h.
Díptico apoyo al cuidador: